CONDICIONES GENERALES DE CONTRATO
Condiciones de encargo para la entrega de una nueva sociedad. Por este contrato, el US 24 Group LLC Interviene en el asunto como fundador de la empresa en los EEUU.
Con la firma de este encargo, se pagará 100% de las tasas que son necesarias para el encargo. Si el comitente no cumple el contrato, lo retira o no acepta los documentos, eventualmente resultarán reembolsos de los gastos para la US AG 24 Inc.
Por razones legales, no podemos hacer un asesoramiento fiscal ni legal en el territorio de España. Por eso, no asumimos la responsibilidad para cualquier estructuración que está vinculada a una sociedad como, por ejemplo, éxito de la empresa, espectativa de beneficios, etc. Lo advertimos expresamente. Nuestros servicios se relacionan exclusivamente a la fundación de la Corporation requerida y a los servicios adicionales que ofrecemos y que están mencionados arriba.
Nos comprometemos a un cumplimiento cuidadoso y a una transferencia de los papeles oficiales y los documentos tan rápido como sea posible. Para su conocimiento sobre las condiciones generales de contrato, lo confirma con su firma más abajo. Advertimos también que una tasa anual es necesaria. Si no la paga, se puede cerrar la Corporation o el gerente tiene que contar con que deba pagar una multa en caso de no haber hecho un informe necesario.
La entrega y registración se realiza según las reglamentaciones del Companies Act y según otras reglamentaciones legales. Cualquier información, advertencia y consejos del encargado, se basan en interpretaciones del derecho y de la legislación americana que se realiza de buena fe. No obstante, el encargado no puede asumir la responsabilidad con respecto a advertencias, consejos o informaciones ni de manera legal ni de cualquier otra manera, para cualquier gasto, obligaciones y pérdidas que pueden resultar al encargado en relación con la inscripción, establecimiento o la compra de una empresa o cualquier persona jurídica.
Condiciones de pago para la fundación de Corporations: se transfiere el 100 % de los costos y tasas producidos de antemano a la cuenta del encargado. El encargado sólo actuará después del recibo completo del precio exigido. Si el encargador debe actuar antes, será propietario de la empresa fundada hasta que se haya pagado la suma total. Si el cliente no paga la suma total aunque ya ha recibido un recordatorio, el encargador tiene el derecho en cualquier momento de poner la Corporation fundada por Usted en venta a terceros. Con respecto a depósitos ya pagados vale el párrafo 2 de estas condiciones generales de contrato.
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